Preguntas frecuentes

En esta primera fase del nuevo Sistema de Información Cambiaria solo se registran las operaciones de inversiones sin canalización de divisas. Las operaciones con canalización de divisas las siguen transmitiendo los intermediarios del mercado cambiario - IMC o los titulares de cuentas de compensación a través del Sistema Estadístico Cambiario - SEC.

Las capitalizaciones de créditos externos hacen parte de los registros de inversiones internacionales sin canalización de divisas, los cuales deben hacerse a través del nuevo Sistema de Información Cambiaria a partir del 1 de septiembre de 2021. Antes de realizar su transmisión, sugerimos actualizar la información de los actores que intervienen en la operación, que corresponderán en este caso a los mismos que hacen parte del informe de crédito. Los actores de operaciones realizadas en el Sistema Estadístico Cambiario – SEC fueron migrados al nuevo Sistema de Información Cambiaria, sin embargo, debido a que para el informe del crédito se tiene un código de no residente, es posible que el actor (no residente de la operación) no se encuentre creado en el nuevo Sistema de Información Cambiaria. Si no lo encuentra, deberá crearlo, validando que el nombre y el país coincidan.

Sí. El usuario que actúa en nombre de un tercero podrá acreditar la representación, según su elección, mediante un certificado digital o registrando un vínculo de representación en el Sistema de Información Cambiaria. Para más información, puede consultar el instructivo "Representación de actores" en el siguiente enlace: https://www.banrep.gov.co/es/material-apoyo-nuevo-sistema-informacion-cambiaria/representacion-actores

Cuando se realice la consulta sobre una operación de inversiones internacionales en particular, el nuevo Sistema de Información Cambiaria mostrará únicamente aquellas que hayan sido realizadas sin canalización de divisas en cualquiera de los dos sistemas (Sistema Estadístico Cambiario - SEC o nuevo Sistema de Información Cambiaria).
Cuando se consulte los movimientos de todas las inversiones internacionales de un actor, podrá generar un extracto de inversión en el nuevo Sistema de Información Cambiaria, el cual permitirá ver las operaciones de inversiones con o sin canalización de divisas con corte a la fecha de consulta.

En el nuevo Sistema de Información Cambiaria las operaciones que transmitan los usuarios quedan registradas en línea. Si sale "Proceso exitoso" el registro quedó realizado, excepto en el caso de las Solicitudes Especiales. No obstante lo anterior, de acuerdo con el artículo 2.17.2.7.2 del Decreto 1068 de 2015 el Banco de la República podrá solicitar a los inversionistas o a las empresas receptoras de la inversión, la información adicional que considere necesaria sobre las inversiones internacionales para efectos estadísticos.

Si, se puede incluir más de uno, pero cuando la operación se integra en el nuevo Sistema de Información Cambiaria se genera un número de operación para cada uno.

El registro de usuario lo debe realizar la persona natural, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte o número de identificación tributaria [NIT], habilitada para ingresar e interactuar con el Nuevo Sistema de Información Cambiaria, a nombre propio o en calidad de apoderado o representante legal de un Actor.

Sí, en los casos en los que es la Cámara de Comercio la entidad que acredita la existencia y representación legal. Cuando la existencia y representación legal la certifique una entidad diferente, deberá adjuntar el documento emitido por dicha entidad.

No existe un límite para representar actores.

No. Por un lado, se encuentra la solicitud de unificación de identificaciones, la cual tiene como fin consolidar varias identificaciones que puede tener un actor en el Sistema, bajo una sola identificación. Este procedimiento se deberá realizar mediante una Solicitud Especial a través del nuevo Sistema de Información Cambiaria, y en caso de proceder, el Banco de la República lo registrará directamente en el Sistema.

Por otro lado, se puede hacer la actualización de datos de un actor, la cual tiene como objetivo actualizar la información de un actor (correo electrónico, teléfono, código CIIU, entre otros). Este procedimiento se podrá hacer de las siguientes maneras: i) si es usuario del nuevo Sistema de información Cambiaria, podrá actualizar los datos de los actores representa directamente en el Sistema; ii) si no es usuario del nuevo Sistema de Información Cambiaria ni titular de cuenta de compensación, podrá diligenciar el formulario de "Solicitud de actualización de datos" que aparece en el compendio actualizado de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 y que deberá radicar en el Banco de la República; o iii) si es titular de cuenta de compensación, podrá actualizar directamente su información en el Sistema Estadístico Cambiario - SEC al momento de diligenciar y transmitir el Formulario No. 10 “registro, Informe de Movimientos y/o Cancelación Cuenta de Compensación”.

En caso de que usted no cuente con una identificación válida en Colombia, el nuevo Sistema de Información Cambiaria le da la opción para crear un código "NR" (no residente).

Las pruebas de conectividad programadas para el primer trimestre de 2021 están planificadas para las Infraestructuras del Mercado Financiero y para aquellos participantes que interactuarán con el nuevo sistema de información del Depósito en un esquema de interoperabilidad B2B mediante el uso de mensajería ISO 20022. 

Las pruebas de acceso para los Depositantes Directos que interactuarán con el nuevo sistema de información del Depósito por medio de interfaz gráfica, accediendo por el portal Sebra del Banco de la República, se adelantarán durante las pruebas piloto o marcha blanca planificadas para el tercer trimestres del año 2021. 

El anterior esquema permitirá cubrir las pruebas de conectividad, de acceso y de operatividad del nuevo sistema de información del DCV.

Las tasas pactadas al establecer un contrato de CDT se fijan libremente entre cada entidad financiera y su cliente. Las tasas publicadas por el Banco de la República operan como referencia para el sistema financiero y se calculan cada semana como el promedio ponderado de las tasas de interés efectivas de captación negociadas por las diferentes entidades financieras, en cada uno de los plazos pactados, reportadas diariamente en el formato 441 (Tasas de interés de captación y Operaciones de mercado monetario) de la Superintendencia Financiera. 

Los registros de inversión no se cancelan automáticamente. Se debe presentar la Solicitud Especial para que sea atendida directamente por el Banco de la República.

Además del mecanismos de operacón mediante el uso de mansajería ISO 20022, el nuevo sistema de información del DCV mantendrá un portafolio de servicios similar al ofrecido actualmente, por lo que los Depositantes Directos podrán continuar operando con el mecanismo que permite la interacción con las funcionalidades que ofrecerá el nuevo sistema, de forma general, de consulta y realización de transacciones, a través de una pantalla (interfaz gráfica de usuario).

No. Podrán imprimirlos, diligenciarlos y enviarlos al buzón atencionalciudadano@banrep.gov.co. Para más información sobre las Solicitudes Especiales, consulte el instructivo en el siguiente enlace: https://www.banrep.gov.co/es/material-apoyo-nuevo-sistema-informacion-cambiaria/solicitudes-especiales

A partir del 1 de septiembre de 2021, los intermediarios del mercado cambiario - IMC deben autenticarse en el Sistema Estadístico Cambiario - SEC a través del Sistema de autenticación al usuario ciudadano.  Así, por una única vez, deben ingresar al Sistema de autenticación al usuario ciudadano y seleccionar el servicio del Sistema de Información Cambiaria. Esta opción lo redirecciona al nuevo Sistema de Información Cambiaria, en el cual deben firmar el acuerdo de servicio. Lo anterior habilita al intermediario del mercado cambiario - IMC para navegar entre ambos sistemas.

Los numerales cambiarios no tuvieron modificaciones.