Marco legal para la planeación y el presupuesto del Banco
1. Marco legal
En virtud de su autonomía administrativa y patrimonial, el Banco de la República cuenta con patrimonio propio e independiente, y se encuentra sujeto a un régimen legal propio, contemplado en los artículos 371 a 373 de la Constitución Política, la Ley 31 de 1992 y sus Estatutos, expedidos mediante el Decreto 2520 de 1993.
En el mismo sentido, su presupuesto es independiente, por lo que no forma parte del Presupuesto General de la Nación. Por consiguiente, los procedimientos para su elaboración, aprobación y ejecución se desarrollan conforme a disposiciones propias, y no por el Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación ni por las leyes anuales de presupuesto aplicables a la generalidad de las entidades públicas.
En este sentido, el presupuesto del Banco está destinado a la operatividad propia como Banco Central y no a la realización de inversiones públicas.
En concordancia con lo señalado, la planeación de la Entidad se rige por sus propios procesos, dado que no se encuentra sujeta a la normatividad dirigida al proceso de planeación pública que involucra la Ley 152 de 1994 -Ley Orgánica del Plan de Desarrollo- ni a las normas que la desarrollan, como el Decreto 2844 de 2010, compilado en el Decreto 1082 de 2015, el cual reglamenta el Banco Nacional de Programas y Proyectos y el Sistema Unificado de Inversión Pública.
Es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1739 de octubre 25 de 2017, mediante el cual se modificaron los Estatutos del Banco de la República, la Junta Directiva debe aprobar anualmente un marco de gasto (funcionamiento e inversión) de mediano plazo con vigencia para los próximos cinco (5) años, y debe aprobar cada cuatro (4) años un plan estratégico con vigencia para los siguientes cuatro (4) años, el cual se revisará anualmente. Así mismo, dispuso que el plan estratégico aprobado en el año 2017 tendrá por única vez una vigencia de 5 años.
2. Régimen presupuestal
Las normas generales de política presupuestal del Banco están contempladas en su Régimen Presupuestal.
Conforme a dicho Régimen Presupuestal, el Presupuesto Anual del Banco de la República se diseña y ejecuta bajo el sistema de causación, y se encuentra clasificado y desagregado de la siguiente manera:
- Presupuesto Monetario: Comprende los ingresos y egresos que se registran en el Estado de Resultados como consecuencia de las funciones constitucionales de la Entidad como autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, banco de emisión y administrador de las reservas internacionales.
- Presupuesto Corporativo: Comprende los ingresos y egresos de la Entidad relacionados con su existencia como persona jurídica, con excepción de los que se reflejan en el presupuesto monetario.
- Presupuesto de Inversión e inventarios: Comprende la estimación de los recursos necesarios para la adquisición y reposición de bienes muebles e inmuebles que la Entidad requiera para el cumplimiento de sus funciones, conceptos que, por su naturaleza, forman parte de los activos no monetarios en los estados financieros.
El presupuesto anual del Banco de la República es el instrumento financiero para que la Administración oriente los planes y programas y la actividad de la Entidad conforme a criterios técnicos y de eficiencia.
El presupuesto anual del Banco de la República es el instrumento financiero para que la Administración oriente los planes y programas y la actividad de la Entidad conforme a criterios técnicos y de eficiencia.
3. Proceso de planeación
Dentro de las funciones del Consejo de Administración se encuentra la de estudiar y adoptar las políticas generales de la administración y la operación de la Entidad, así como la de estudiar, aprobar y poner en ejecución proyectos especiales relacionados con su operación, para el ejercicio de las funciones establecidas en su régimen legal propio.
En desarrollo de lo anterior, el Banco de la República elabora el Plan Estratégico para una vigencia de cuatro (4) años, el cual es aprobado por la Junta Directiva, e incorpora el marco estratégico general, donde se establecen la misión, visión y valores, que soportan el desarrollo de las funciones, y adicionalmente, el marco estratégico, que incorpora retos, objetivos e iniciativas.
Así mismo, la Junta Directiva aprueba el Presupuesto de Inversión el cual incluye la asignación de recursos para los programas y proyectos que desarrollará el Banco de la República.
Adicionalmente, la Entidad anualmente prepara el Plan de Acción, con el cual hace seguimiento anual mediante indicadores a iniciativas contenidas en el Plan Estratégico y a los proyectos de inversión que se van a desarrollar durante el año. Dicho plan contiene un capítulo con la información agregada acerca de los proyectos en las siguientes categorías: A. Actualización y modernización de las soluciones informáticas; B. Actualización y modernización de la infraestructura física; C. Actualización y modernización de las plantas industriales y tesorerías; D. Proyectos Culturales; y E. Otros proyectos de inversión.
En el marco de los mencionados instrumentos de planeación, se construyen indicadores de gestión y/o desempeño para medir las metas, objetivos y desarrollo de los proyectos más relevantes.
Por su parte, el proceso presupuestal del Banco refleja un ejercicio de planificación de la inversión y tiene dentro de sus objetivos específicos constituirse en herramienta de control administrativo y base para la evaluación de la gestión.