"(...)
Damos respuesta a su comunicación (...) en la que consulta sobre la venta a no residentes de cartera o instrumentos de pago derivados de operaciones entre residentes (operaciones internas).
Al respecto, me permito informarle que las operaciones de su consulta se encuentran reguladas en los numerales 10.8 y 11.1.1.6 de la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 25 de mayo de 2018, modificada por la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 28 de noviembre de 2018 publicada con el Boletín No. 42 de la misma fecha.
Es del caso aclarar que estas operaciones no constituyen inversión de capital del exterior ni se informan como endeudamiento externo.
(...)"