Buzón exclusivo para notificaciones judiciales

Objetivo

De acuerdo con lo previsto en la Ley 1437 de 2011 (artículo 197 del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales. Se entenderán como personales las notificaciones surtidas a través del buzón de correo electrónico.

En cumplimiento de lo anterior, el 1 de agosto de 2012 el Banco de la República puso en funcionamiento el buzón corporativo para notificaciones judiciales.

Uso exclusivo

El buzón está dispuesto únicamente para el recibo de notificaciones por parte de los órganos judiciales.

Por consiguiente, los mensajes que no correspondan a dicho uso exclusivo no serán leídos y automáticamente se eliminarán de nuestros servidores.

Para solicitudes de información, y otras peticiones, quejas, reclamos, felicitaciones y sugerencias, bien sea de particulares, de entidades públicas o de órganos judiciales, le informamos que el Banco de la República cuenta con otros medios establecidos para su recepción, por lo que solicitamos sean enviadas a través del Sistema de Atención al ciudadano para poder darles la debida gestión.

Dirección de correo electrónico

  • Si el órgano judicial va enviar el correo usando el cliente predeterminado (Por ejemplo: Microsoft Office Outlook, Lotus Notes, entre otros): pulse aquí
  • Si va a usar otra plataforma de correo electrónico, la dirección de correo electrónico para enviar las notificaciones es la siguiente: DJ-NotificacionesJudiciales@banrep.gov.co
  • En el asunto del correo se debe incluir un texto indicando lo siguiente: Proceso: ... Demandante: ...
  • Al correo electrónico se debe adjuntar el archivo que se está notificando teniendo en cuenta los requisitos técnicos señalados a continuación.

Requisitos técnicos de los archivos adjuntos

Los archivos que se adjunten a la notificación judicial deben cumplir con las siguientes características, pues de lo contrario no podrán ser recibidos por el sistema debido a restricciones tecnológicas:

  • Tamaño: No mayor a 20 megabytes (MB).

  • Tipo: No pueden ser archivos de tipo ejecutable (con extensión *.exe) o de tipo multimedia (con excepción de archivos *.wma).

Radicación

La radicación de la notificación judicial se llevará a cabo en el horario de 8:15 a.m. a 4:00 p.m. los días hábiles. Por consiguiente, si el órgano judicial envía una notificación judicial después de las 4:00 p.m. o en un día no hábil, esta será radicada el día hábil siguiente a su recepción.

Acuse de recibo

Además de la respuesta automática que se remite en primera instancia cuando se recibe el correo electrónico en el buzón de notificaciones judiciales, el Banco de la República una vez haya verificado que efectivamente se trata de una notificación judicial y que el(los) archivo(s) adjunto(s) se puede(n) abrir y leer en su totalidad y están completos, enviará un correo electrónico con el acuse de recibo de la notificación judicial que contendrá el número, la fecha y hora de radicación.