Interacción entre el Sistema Estadístico Cambiario (SEC) y el nuevo Sistema de Información Cambiaria
Contenido
I. ¿Cuáles son los sistemas habilitados por el Banco de la República para la transmisión de operaciones de cambio y en qué se diferencian?
A. Sistema Estadístico Cambiario (SEC)
B. Sistema de Información Cambiaria
II. ¿Cuáles operaciones debo transmitir por el Sistema Estadístico Cambiario (SEC) y cuáles por el Sistema de Información Cambiaria
A. En el SEC se mantiene la transmisión de las siguientes operaciones
B. En el Sistema de Información Cambiaria deberán transmitirse las siguientes operaciones para la primera fase de implementación
III. ¿Cómo puedo acceder a los sistemas para la transmisión de información cambiaria en la página web del Banco de la República?
A. Ingreso al portal y selección del sistema
B. Si seleccionó ingresar al Sistema Estadístico Cambiario (SEC)
C. Si seleccionó ingresar al nuevo Sistema de Información Cambiaria
I ¿Cuáles son los sistemas habilitados por el Banco de la República para la transmisión de operaciones de cambio y en qué se diferencian?
A. Sistema Estadístico Cambiario (SEC)
Es el sistema para la transmisión de información de las operaciones de cambio que se ha venido utilizando desde 2003. Este sistema será reemplazado de forma gradual por el nuevo Sistema de Información Cambiaria.
B. Sistema de Información Cambiaria
Es el nuevo sistema administrado por el Banco de la República para el registro, transmisión, consolidación y consulta de la información de las operaciones de cambio sujetas a informe o registro. Incorpora la información de las operaciones contenida en el Sistema Estadístico Cambiario (SEC), y lo remplazará gradualmente.
II ¿Cuáles operaciones debo transmitir por el Sistema Estadístico Cambiario (SEC) y cuáles por el Sistema de Información Cambiaria?
A. En el SEC se mantiene la transmisión de las siguientes operaciones:
Para intermediarios del mercado cambiario (IMC):
- Declaraciones de cambio por operaciones de importación y exportación de bienes, crédito externo, inversiones internacionales, servicios, transferencias y otros conceptos.
- Informe de créditos externos pasivos (formulario núm. 6 “Información de endeudamiento externo otorgado a residentes”) y activos (formulario núm. 7 “Información de endeudamiento externo otorgado a no residentes”).
- Formulario para la transmisión de información de las excepciones a la canalización.
- Correcciones de errores de digitación de las declaraciones de cambio.
- Solicitud de modificación especial o anulación.
Para titulares de cuentas de compensación:
- Registro, informe de movimientos y/o cancelación de cuenta de compensación (formulario núm. 10).
- Declaraciones de cambio por crédito externo e inversiones internacionales.
- Formulario para la transmisión de información de las excepciones a la canalización.
Para sectores particulares:
- La recepción de otra información cambiaria de sectores particulares (ej.: Ecopetrol, concesionarios de servicios de correos, entre otros).
B. En el Sistema de Información Cambiaria deberán transmitirse las siguientes operaciones para la primera fase de implementación:
Para inversionistas, receptores de inversión o sus representantes:
- Registro de inversiones internacionales.
- Sustitución de inversiones internacionales.
- Cancelación de inversiones internacionales.
- Conciliación patrimonial del régimen especial.
- Registro de inversión suplementaria al capital asignado.
- Anulaciones y correcciones a las anteriores operaciones del presente listado.
Igualmente, se podrá realizar la consulta de operaciones en el nuevo Sistema de Información Cambiaria, para lo cual serán migrados desde el SEC:
- Los registros de inversiones internacionales posteriores al 30 de noviembre de 2003.
- Los registros de cancelación de inversiones internacionales posteriores al 30 de noviembre de 2003.
- Los registros de sustitución de inversiones internacionales posteriores al 30 de noviembre de 2003.
- Los saldos de inversiones internacionales con corte al 30 de noviembre de 2003.
- Los registros de inversión suplementaria al capital asignado y las conciliaciones patrimoniales del régimen especial.
Por tanto, recuerde que el SEC y el Sistema de Información Cambiaria estarán disponibles simultáneamente mientras se finaliza la implementación en el nuevo sistema de todas las operaciones disponibles en el SEC.
III ¿Cómo puedo acceder a los sistemas para la transmisión de información cambiaria en la página web del Banco de la República?
A. Ingreso al portal y selección del sistema:
- Deberá ingresar a la página principal del Banco de la República: (www.banrep.gov.co)
- Una vez se encuentre en la página principal, deberá ubicar en el menú de la parte superior la opción Política monetaria y cambiaria y seleccionar Regulación y operaciones cambiarias en la barra desplegable.
- Al ingresar a Regulación y operaciones cambiarias, seleccione la opción Sistema Estadístico Cambiario (SEC) o Nuevo Sistema de Información Cambiaria en el menú lateral, de acuerdo con la operación que va a transmitir (véase parte b y c del literal III de este documento).
B. Si seleccionó ingresar al Sistema Estadístico Cambiario (SEC):
- Condiciones técnicas del equipo:
Tenga en cuenta que para el uso correcto de los servicios del SEC su computador deberá cumplir con las siguientes especificaciones:
Componente | Recomendado |
---|---|
Memoria RAM | 4 GB |
Procesador | 3,30 gigahercios (GHz) |
Disco duro | Espacio libre 250 Mb |
Sistema operacional | Windows 7 a 32 bits, en español |
Herramientas de Certicámara | Certitool y manuales de instalación y verificación de firmas |
Tarjeta de red | 10/100/1000 XT conector UTP |
- Navegadores
- Los titulares de cuentas de compensación (residentes, para efectos cambiarios) podrán utilizar los navegadores Google Chrome, Microsoft Edge e Internet Explorer para la transmisión de operaciones en el SEC.
- Los intermediarios del mercado cambiario deberán continuar con el navegador Internet Explorer.
- Transmisión en el SEC
Si al ingresar a Regulación y operaciones cambiarias, en el menú lateral, seleccionó Sistema Estadístico Cambiario (SEC), encontrará la siguiente pantalla y deberá tener en cuenta los siguientes supuestos para la interacción:
-
Si es titular de una cuenta en divisas en el exterior y la debe registrar como de compensación, y no está creado como usuario en el sistema:
Deberá crear su usuario y contraseña, realizando la preinscripción y suscripción del acuerdo de servicios, siguiendo los pasos indicados en los tutoriales publicados en la página web del Banco de la República (www.banrep.gov.co), ruta: Política monetaria y cambiaria, Regulación y operaciones cambiarias, opción Material de apoyo / Normatividad, y seleccione Tutoriales.
-
Es titular de una cuenta de compensación y ya está creado como usuario en el SEC:
-
En el menú lateral izquierdo deberá dar clic en la opción Cuentas de compensación.
-
En la parte lateral izquierda deberá ingresar su usuario y contraseña para continuar con el ingreso al SEC.
-
Es intermediario del mercado cambiario y no está creado como usuario en el SEC
-
En el menú lateral izquierdo deberá dar clic en la opción Transmisión para intermediarios e ir a la sección de Inscripción de usuarios y seleccionar la opción Continuar.
-
Será direccionado al sistema de autenticación al usuario ciudadano, donde podrá crear su usuario y contraseña y seguir las instrucciones para finalizar la creación del usuario. Si presenta alguna duda, podrá consultar el instructivo “Administración de usuarios” relacionado en la parte inferior de la pantalla de este sistema o podrá consultarlo en la página web del Banco de la República (www.banrep.gov.co), opción Política monetaria y cambiaria, Regulación y operaciones cambiarias, opción Material de apoyo Nuevo Sistema de Información Cambiaria y seleccione Instructivos.
-
Es intermediario del mercado cambiario y ya está creado como usuario en el SEC
Tenga en cuenta que deberá tener guardado en el equipo el certificado digital que permite la representación del intermediario del mercado cambiario.
-
En el menú lateral izquierdo deberá dar clic en la opción Transmisión para intermediarios.
-
Será direccionado al sistema de autenticación al usuario ciudadano donde se pedirá su tipo y número de documento, y en la opción Ingresar a nombre debe seleccionar de empresa o poderdante e ingresar el NIT con dígito de verificación del intermediario del mercado cambiario.
Posteriormente, deberá ingresar la contraseña y seleccionar el certificado digital.
Una vez ingresada la información, se habilitará la opción Inicio de sesión para finalizar con el proceso de autenticación.
C. Si seleccionó ingresar al nuevo Sistema de Información Cambiaria
- Condiciones técnicas del equipo
Tenga en cuenta que para el uso correcto de los servicios del Sistema de Información Cambiaria su computador deberá cumplir con las siguientes especificaciones:
Componente | Mínimo | Recomendado |
---|---|---|
Memoria RAM | 4 GB | 8 GB o más |
Procesador | De x86 o x64 bits de doble núcleo de 2,0 gigahercios (GHz) | De 64 bits de doble núcleo de 3,3 gigahercios (GHz) |
Pantalla | Resolución de 1266 x 768 | Resolución de 1366 x 768 o superior |
- Navegadores
Podrá utilizar los navegadores Google Chrome y Microsoft Edge para la transmisión de operaciones en el Sistema de Información Cambiaria.
- Transmisión en el nuevo Sistema de Información Cambiaria:
Si al ingresar a Regulación y operaciones cambiarias, en el menú lateral del portal del Banco de la República, seleccionó nuevo Sistema de Información Cambiaria, encontrará la siguiente pantalla:
Antes de registrarse como usuario recuerde que:
El usuario es la persona natural que está habilitada para ingresar e interactuar con el sistema. Por su parte, el actor es el inversionista o la empresa receptora de inversión. El actor debe crearse en el sistema[1] para gestionar el informe, registro, corrección y consulta de operaciones.
Esto significa que quien interactúa con el sistema será siempre un usuario, y quien participó en la operación (contrajo derechos y obligaciones, fue receptor de inversión o inversionista, etc.) será siempre un actor.
Usuario | Actor |
---|---|
Interactúa con el sistema | Solo interactúa con el sistema si también se encuentra registrado como usuario |
Solo hace parte de la operación si tiene la calidad de actor | Hace parte de la operación |
Persona natural | Persona natural, jurídica u otra entidad sin personería jurídica |
Los actores pueden registrar sus operaciones directamente en el sistema, pero cuando lo hagan será en calidad de usuarios. Los actores también podrán nombrar un apoderado que ejerza su representación y que transmita la información en el Sistema de Información Cambiaria. El apoderado deberá crearse como usuario en el sistema y registrar el vínculo de representación.
Adicionalmente, tenga en cuenta los siguientes supuestos para la interacción:
- Va a transmitir operaciones de inversiones internacionales y no tiene usuario en el sistema:
- Una vez se encuentre en la página principal del Sistema de Información Cambiaria, en la sección Inversiones internacionales deberá dar clic en la opción Ingresar.
- Será direccionado al sistema de autenticación al usuario ciudadano y podrá crear su usuario y contraseña y seguir las instrucciones para finalizar la creación del usuario. Si presenta alguna duda, podrá consultar el instructivo “Administración de usuarios” relacionado en la parte inferior de la pantalla de este sistema, o podrá consultarlo en la página web del Banco de la República www.banrep.gov.co, opción Política monetaria y cambiaria, Regulación y operaciones cambiarias, opción Material de apoyo Nuevo Sistema de Información Cambiaria y seleccione Instructivos.
- Va a transmitir operaciones de inversiones internacionales y ya está creado como usuario en el sistema:
- Una vez se encuentre en la página principal del Sistema de Información Cambiaria, en la sección Inversiones internacionales deberá dar clic en la opción Ingresar.
- Será direccionado al sistema de autenticación al usuario ciudadano y podrá ingresar su tipo y número de documento, seleccionar a nombre de quién ingresa, en el caso en el que seleccione de empresa o poderdante ingrese el NIT o documento.
Posteriormente, deberá ingresar la contraseña y seleccionar si desea hacer su validación de seguridad con el código de autenticación o con su certificado digital.
Una vez ingresada la anterior información, se habilitará la opción Inicio de sesión para finalizar con el proceso de autenticación.
Si requiere más información puede consultar los instructivos “Administración de usuarios”, “Creación y actualización de actores” y “Representación de actores” en la página web del Banco de la República (www.banrep.gov.co), opción Política monetaria y cambiaria, Regulación y operaciones cambiarias, opción Material de apoyo Nuevo Sistema de Información Cambiaria y seleccione Instructivos.
IV. Preguntas frecuentes
- En el sistema de autenticación al usuario ciudadano en el campo “Ingresar a nombre”, al autenticarse, ¿cuándo debo seleccionar “Propio” o “De empresa o poderdante”?
- Propio: usuario que se registra o se autentica para transmitir o consultar operaciones en su propio nombre (o para sí mismo).
- De empresa o poderdante: usuario que se registra o se autentica para transmitir o consultar operaciones de un tercero (persona natural, persona jurídica u otra entidad sin personería jurídica).
- ¿Puedo acceder al Sistema de Información Cambiaria desde el SEC y viceversa?
Sí, teniendo en cuenta que en el nuevo sistema solo está habilitada la transmisión y consulta de operaciones de inversiones sin canalización de divisas. Una vez se encuentre en el SEC, puede seleccionar la opción Inversiones internacionales del menú lateral izquierdo, seguido de la opción ir al nuevo Sistema de Información Cambiaria ubicado en la parte superior de la pantalla, lo cual le abrirá en el navegador una nueva pestaña para ingresar al Sistema de Información Cambiaria.
Si se encuentra en el Sistema de Información Cambiaria sin autenticación, podrá pasar al SEC por medio de la opción Ir al portal anterior.
En el caso en el que se encuentre autenticado en el nuevo sistema, en el menú del Sistema de Información Cambiaria tendrá la opción Ir al SEC y al seleccionar alguna de las opciones del menú superior, se abrirá una nueva pestaña en el navegador, que lo redireccionará al SEC.
- Si soy un usuario de intermediario del mercado cambiario, me he autenticado como usuario en el SEC y selecciono la opción de ir al nuevo Sistema de Información Cambiaria para acceder al Sistema de Información Cambiaria o si desde este sistema selecciono alguna opción para ir al SEC, ¿debo volver a autenticarme?
No es necesario si se mantiene en el mismo navegador.
- ¿Los intermediarios del mercado cambiario tienen algún cambio en el proceso de autenticación?
Sí, dado que el nuevo Sistema de Información Cambiaria se implementará gradualmente, desde esta primera fase la persona que transmite las operaciones a nombre del intermediario del mercado cambiario será direccionado para autenticarse en el sistema de autenticación al usuario ciudadano, debiendo registrar su usuario y contraseña antes de seleccionar su certificado.
- Como intermediario del mercado cambiario, ¿qué puedo hacer en el nuevo Sistema de Información Cambiaria?
Puede acceder a los servicios de creación y actualización de actores en el Sistema de Información Cambiaria, información que puede ser utilizada en las operaciones de declaraciones de cambio transmitidas por medio del SEC, y desde el nuevo sistema puede ser direccionado a los servicios del SEC.
- Si soy usuario del SEC como titular de cuenta de compensación, ¿puedo acceder al Sistema de Información Cambiaria con este usuario?
No, el usuario de cuenta de compensación únicamente es válido para el SEC. Si desea ingresar al Sistema de Información Cambiaria debe crear un nuevo usuario, recuerde que en este nuevo sistema solo podrá registrar información de inversiones internacionales sin canalización de divisas.
[1]La creación de actores en el Sistema de Información Cambiaria corresponde al registro o integración de los datos del inversionista o la empresa receptora de inversión para ser utilizados en la transmisión de registros de inversiones internacionales o en la consulta de operaciones a su nombre.