Declaración de registro de Inversión Suplementaria al Capital Asignado (ISCA)

Si la sucursal de sociedad extranjera del régimen cambiario especial realizó movimientos de inversión suplementaria al capital asignado (ISCA) durante el periodo a reportar, deberá relacionarlos de acuerdo con las siguientes descripciones:

1. Créditos

1.1 Aportes a contratos de colaboración (solicitudes de fondos): pagos realizados en el exterior por la matriz por concepto de aportes a contratos de colaboración, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

1.2 Cesión de licencias de proyectos: pagos a residentes o no residentes efectuados en el exterior por la matriz por concepto de cesiones parciales o totales de proyectos, incluidas las primas por cesión de derechos autorizados o reconocidos por la ANH, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

1.3 Compra o aporte de bienes en el país: disponibilidad de capital en forma de maquinaria, equipos, taladros u otros bienes físicos ubicados en el país, adquiridos a otras sucursales del régimen especial, cuyo pago se efectúa en el exterior por la matriz, o aportados por la matriz, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

1.4 Compras internas de hidrocarburos y minería de producción nacional pagadas en divisas (artículo 97 R.E. 1/18 J.D.): pagos realizados en el exterior por la matriz por concepto de compras internas de hidrocarburos y minería de producción nacional, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

1.5 Divisas reintegradas: reintegros de divisas por conducto del mercado cambiario mediante el suministro de la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por inversiones internacionales (Declaración de Cambio), durante el ejercicio anual. Incluye los recursos que tengan como propósito hacer aportes en moneda legal a contratos de colaboración (solicitudes de fondos). Esta información se incluye para efectos estadísticos.

1.6 Disponibilidad de divisas de la sucursal: totalidad de las divisas no reintegradas, contabilizadas durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado. Los pagos en el exterior efectuados por la sucursal durante el ejercicio anual, con estas divisas, deben discriminarse de la siguiente manera:

a) Importaciones de bienes no reembolsables.

b) Gastos de importación de bienes no reembolsables.

c) Servicios pagados en divisas.

d) Compras internas de hidrocarburos y minería de producción nacional pagadas en divisas.

e) Aportes a contratos de colaboración (solicitudes de fondos).

f) Cesión de licencias de proyectos.

g) Regalías y compensaciones del sistema general de regalías.

h) Restitución de avales y garantías en divisas.

i) Compra de bienes en el país.

j) Saldo de la disponibilidad de divisas al cierre del ejercicio anual, sin incluir el concepto de «Divisas reintegradas», ni ninguno de los listados anteriormente en este numeral.

1.7 Gastos de importación de bienes no reembolsables: pagos por seguros, fletes y otro tipo de gastos asociados a la importación de bienes realizados en el exterior por la matriz, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

1.8 Importaciones de bienes no reembolsables: disponibilidad de capital en forma de maquinaria, equipos, taladros u otros bienes físicos pagados en el exterior por la matriz, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado. Se deben registrar por su valor FOB. Incluye los bienes que aporten las sucursales a contratos de colaboración (solicitudes de fondos).

1.9 Pagos a no residentes de cartera o instrumentos de pago de operaciones internas: pagos realizados en el exterior por la matriz a no residentes de cartera o instrumentos de pago de operaciones internas, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

1.10 Pagos de operaciones de derivados: pagos de divisas realizados desde las cuentas en el exterior de la matriz por concepto de operaciones de derivados, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

1.11 Regalías y compensaciones del sistema general de regalías: pagos de regalías y compensaciones del sistema general de regalías efectuados en el exterior por la matriz, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

1.12 Restitución de avales y garantías en divisas: pago en divisas a través de cuentas en el exterior de la matriz, derivado de la restitución de avales o garantías otorgados por IMC, residentes o no residentes, por cuenta de la Sucursal (Avalada).

1.13 Servicios pagados en divisas: pagos realizados en el exterior por la matriz por concepto de servicios, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado. Incluye pagos por servicios descritos en artículo 97 de la R.E. 1/18 J.D.

1.14 Utilidades contabilizadas: asiento contable de las utilidades que afectan la inversión suplementaria al capital asignado.

 

​2. Débitos

2.1 Cesión de licencias de proyectos: ingresos percibidos en el exterior por la matriz por concepto de pagos de cesiones parciales o totales de proyectos, incluidas las primas por cesión de derechos autorizados o reconocidos por la ANH, contabilizados como disminución de la inversión suplementaria al capital asignado durante el ejercicio anual.

2.2 Ejecución de avales y garantías en divisas: pago en divisas a la cuenta en el exterior de la matriz, derivado de la ejecución de avales o garantías otorgados por IMC, residentes o no residentes, en favor de la Sucursal (Beneficiaria).

2.3 Exportaciones de hidrocarburos: ingresos percibidos en el exterior por la matriz por concepto de la exportación de petróleo y gas natural, contabilizados como disminución de la inversión suplementaria al capital asignado durante el ejercicio anual.

2.4 Exportaciones de minería: ingresos percibidos en el exterior por la matriz por concepto de la exportación de carbón, ferroníquel o uranio, contabilizados como disminución de la inversión suplementaria al capital asignado, durante el ejercicio anual.

2.5 Giros por el equivalente en divisas de otras sumas recibidas en moneda legal relacionadas con la operación: giros por conducto del mercado cambiario mediante el suministro de la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por inversiones internacionales (Declaración de Cambio), por el equivalente en divisas de otras sumas recibidas en moneda legal relacionadas con la operación de la sucursal diferentes a los conceptos "Ventas internas de petróleo, gas natural, carbón, ferroníquel o uranio pagadas en moneda legal” y “Servicios pagados en moneda legal". Estos giros pueden ser utilizados para pagar transacciones corrientes adquiridas en el exterior por la matriz y contabilizadas como inversión suplementaria al capital asignado de la sucursal.

2.6 Ingresos por operaciones de derivados: ingresos percibidos en las cuentas en el exterior de la matriz por concepto de operaciones de derivados, contabilizados durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado.

2.7 Perdidas contabilizadas: asiento contable de las pérdidas que afectan la inversión suplementaria al capital asignado.

2.8 Reexportaciones de bienes sin reintegro: reexportaciones de bienes inicialmente aportados como inversión suplementaria al capital asignado, contabilizados como disminución de la misma, durante el ejercicio anual.

2.9 Servicios pagados en divisas: ingresos percibidos en el exterior por la matriz, por concepto de la prestación de servicios por parte de la sucursal contabilizados como disminución de la inversión suplementaria al capital asignado durante el ejercicio anual. Incluye pagos por servicios inherentes al sector de hidrocarburos del artículo 97 de la R.E. 1/18 J.D.

2.10 Servicios pagados en moneda legal (artículo 95, numeral 1 R.E. 1/18 J.D): giros por conducto del mercado cambiario mediante el suministro de la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por inversiones internacionales (Declaración de Cambio), por el equivalente en divisas de los recursos pagados en moneda legal por la prestación de servicios inherentes al sector de hidrocarburos, contabilizados como disminución de la inversión suplementaria al capital asignado durante el ejercicio anual. Incluye los giros por este concepto utilizados para pagar transacciones corrientes adquiridas en el exterior por la matriz y contabilizadas como inversión suplementaria al capital asignado de la sucursal.

2.11 Ventas a no residentes de cartera o instrumentos de pago derivados de operaciones internas: ingresos percibidos en el exterior por la matriz, por concepto de la venta a no residentes de cartera o instrumentos de pago derivados de operaciones internas, contabilizados durante el ejercicio anual como disminución de la inversión suplementaria al capital asignado.

2.12 Venta de bienes en el país: enajenación de bienes ubicados en el país, en forma de maquinaria, equipos, taladros u otros bienes físicos, a otras sucursales del régimen especial, cuyo pago se efectúa en el exterior a la matriz.

2.13 Ventas internas de hidrocarburos y minería de producción nacional pagadas en divisas (artículo 97 R.E. 1/18 J.D.): ingresos percibidos en el exterior por la matriz, por concepto de la venta de hidrocarburos y minería de producción nacional, contabilizados durante el ejercicio anual como disminución de la inversión suplementaria al capital asignado.

2.14 Ventas internas de petróleo, gas natural, carbón, ferroníquel o uranio pagadas en moneda legal (artículo 97, numeral 1 R.E. 1/18 J.D): giros por conducto del mercado cambiario mediante el suministro de la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por inversiones internacionales (Declaración de Cambio), por el equivalente en divisas del valor de la venta en moneda legal de petróleo, gas natural, carbón, ferroníquel o uranio contabilizados como disminución de la inversión suplementaria al capital asignado durante el ejercicio anual. Incluye los giros por este concepto utilizados para pagar transacciones corrientes adquiridas en el exterior por la matriz y contabilizadas como inversión suplementaria al capital asignado de la sucursal.