Nuevo límite para Agentes Colocadores de OMA en Operaciones de Expansión Transitoria
En concordancia con la modificación realizada a la Circular Reglamentaria Externa DEFI-354 del 3 de septiembre de 2018, se recuerda que a partir del miércoles 9 de enero de 2019 el límite para operaciones de expansión transitoria será el correspondiente a la última información disponible del patrimonio técnico publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia.
La primera vez este valor corresponderá al patrimonio técnico de acuerdo con la última información disponible publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia al cierre del 7 de enero de 2019.
En adelante, el nuevo límite comenzará a regir el tercer día hábil de cada mes, se comunicará vía electrónica el segundo día hábil del mismo mes y corresponderá a la información disponible al cierre del primer día hábil del mes.
Por consiguiente, para efectos del cupo disponible para realizar operaciones de expansión transitoria que comienza a regir el 9 de enero se tendrá en cuenta el promedio de utilización de los últimos 30 días calendario. De acuerdo con lo anterior, se recomienda tomar las medidas necesarias para evitar exceder el valor del nuevo límite.