Guía para empaque de billetes

Consulte en esta guía las normas referentes al empaque de los billetes que serán consignados en el Banco de la República, por parte de entidades financieras y Centros Complementarios de Efectivo (CCEs). 

1. Billetes 

  • Dentro de cada fajo los billetes deben ponerse "orientados" y "careados", es decir, con la efigie (rostro del personaje) al frente y todos hacia el mismo lado.
  • Los billetes se presentarán extendidos y sin doblar.
  • No está permitido colocar sellos o grapas a los billetes por parte de las entidades depositantes, pues esta práctica los deteriora significativamente, reduciendo su vida útil.
  • El Banco de la República podrá abstenerse de recibir billetes totalmente nuevos, en las consignaciones, con el fin de lograr que estos circulen en las cantidades necesarias para satisfacer la demanda de la economía.
  • El Banco de la República no acepta en consignaciones sujetas a verificación, fajos o billetes sueltos, En el caso de signos deteriorados de ediciones antiguas o denominaciones de escasa circulación para las cuales se dificulte completar una paca, la Entidad Financiera podrá consignar estos signos en las ventanillas de Pago a Bancos en sucursales o en la Sección de Servicios de Efectivo a Entidades en la oficina principal, solicitando previamente una cita y diligenciando la forma BR-3-477-0 "RECIBO DE CONSIGNACIÓN", que se encuentra en la siguiente dirección electrónica: http://www.banrep.gov.co/es/reglamentacion-tesoreria

En este caso se dará conformidad al momento de recibir el depósito.

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2.Fajos

 

  • Todos los fajos deben contener cien billetes de la misma denominación y familia.
  • Solo se acepta una faja o tirilla distintiva del banco depositante, para conformar o sujetar cada fajo.
  • La faja o tirilla debe colocarse encima de la marca de agua del billete, a 3.5 centímetros del borde izquierdo, con la efigie (rostro del personaje) hacia la parte exterior.
  • Las fajas o tirillas no deben sujetarse a los billetes con grapas, cinta pegante, o cualquier otro elemento, debido a  que estos generan inconvenientes para su manipulación.
  • No se aceptan fajillas del Banco de la República, ni de ningún otro banco o entidad diferente a la que efectúa el depósito.
  • No se acepta más de una tirilla por fajo, ni las colocadas al revés, es decir ocultando la parte impresa, o con sellos sobrepuestos de otra entidad.
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3. Sellos

  • Sobre el lomo de cada fajo se debe estampar un sello con el código del cajero responsable del último recuento, por tanto cada entidad financiera deberá asignar, para su identificación, números de máximo cuatro dígitos a los empleados responsables por el contenido de los valores consignados.
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4. Pacas

  • Una paca contiene mil billetes de la misma denominación y familia, agrupados en diez fajos de cien billetes cada uno.
  • Solo se reciben pacas completas, es decir conformadas por 10 fajos de 100 billetes, cada uno, de una misma denominación y familia.
  • Los fajos deben colocarse, de tal manera, que queden cinco fajillas a cada lado del zuncho central que las sujeta.
  • Se deben ajustar los fajos con un solo zuncho, el cual se coloca en el mismo sentido de las fajillas.
  • Se recomienda que el ajuste de las pacas con zuncho sea moderado y no excesivo, pues esto último deforma y daña prematuramente los billetes, generándoles dobleces que ocasionan inconvenientes en el proceso de preparación y alistamiento y, además, en los procesos de alimentación en los equipos automáticos.
  • Todos los fajos de la paca deben ser preparados por el mismo cajero.
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5. Paquetes

5.1 Paquete de denominaciones de $100.000 y $50.000 nueva familia

  • Para estas denominaciones un paquete deberá estar conformado por ocho mil billetes (ocho pacas) de la misma denominación y familia
  • Un paquete no debe contener billetes mezclados de denominaciones o familias diferentes. 
  • Solamente se aceptan consignaciones con pacas de billetes de la misma denominación y familia, las cuales deben  estar recontadas por el mismo cajero de la entidad que hace la consignación. 
  • Las pacas deben ser empacadas en bolsas plásticas transparentes (calibre 3 como mínimo). 
  • Dichos paquetes deben venir sellados con cierre adhesivo de seguridad o precinto de seguridad, para garantizar que durante el transporte, desde su origen hasta el destino, nadie intentó su apertura, adulteró, cambió o sustrajo el contenido de la bolsa. 
  • Las bolsas no deben presentar roturas, desgarros o agujeros, ni deben estar reparadas con cinta adhesiva transparente.
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5.2 Paquete de denominaciones de $50.000 antigua familia, $20.000 antigua y nueva familia, $10.000 antigua y nueva familia, $5.000 antigua y nueva familia, $2.000 antigua y nueva familia, $1.000 y otras denominaciones

  • Para estas denominaciones un paquete deberá estar conformado por diez mil billetes (diez pacas) de la misma denominación y familia.  
  • Un paquete no debe contener billetes mezclados de denominaciones o familias diferentes. 
  • Solamente se aceptan consignaciones con pacas de billetes de la misma denominación y familia, las cuales deben  estar recontadas por el mismo cajero de la entidad que hace la consignación. 
  • Las pacas deben ser empacadas en bolsas plásticas transparentes (calibre 3 como mínimo). 
  • Dichos paquetes deben venir sellados con cierre adhesivo de seguridad o precinto de seguridad, para garantizar que durante el transporte, desde su origen hasta el destino, nadie intentó su apertura, adulteró, cambió o sustrajo el contenido de la bolsa. 
  • Las bolsas no deben presentar roturas, desgarros o agujeros, ni deben estar reparadas con cinta adhesiva transparente.  
Correcto