Canalización de inversión financiera y en activos en el exterior
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JDS-04632 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva |
"(...) consulta si un residente (sociedad colombiana) puede girar divisas para: (i) efectuar una inversión financiera y en activos en el exterior (Formulario No.4) y el receptor de la inversión (empresa del grupo ubicada en el exterior) destinar parte de éstas para pagar servicios adeudados por... |
JDS-05242 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva |
"(...) consulta sobre la viabilidad para los residentes de realizar una operación relacionada con la compra de facturas emitidas por proveedores de otros países sobre bienes vendidos en el territorio nacional. La figura planteada presenta las siguientes características: |
JDS-13162 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva |
"(...) Damos respuesta a su comunicación de la referencia mediante la cual aclaran los hechos de la consulta efectuada el pasado 27 de mayo del presente año, resuelta por esta Entidad con el concepto JD-S-11577 de 11 de junio de 2015. Al respecto, me permito manifestarle lo siguiente: |
JDS-19906 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva |
"(...) Damos respuesta a su comunicación (...) mediante la cual consulta sobre el alcance de la definición de inversiones financieras en el exterior de acuerdo con lo dispuesto en el literal g) numeral 1 del artículo 59 de la Resolución Externa 8 de 2000. Lo anterior, teniendo en cuenta que... |
JDS-20598 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva |
(...) Damos respuesta a su correo electrónico (...), mediante el cual consulta el procedimiento para “cancelar la inversión extranjera ya que en este punto se trataría de un acreedor residente y deudor residente”. Asimismo, consulta de qué manera se cierra el canal cambiario de la importación de... |
JDS-21063 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva |
"(...) En respuesta a su comunicación (...) de manera atenta me permito efectuar los siguientes comentarios: 1. El artículo 36 de la Resolución Externa 8 de 2000 (régimen cambiario) establece lo siguiente: |