Operaciones internas

Las operaciones que se realizan entre residentes, entre residentes y usuarios de zonas francas o entre estos últimos, se consideran operaciones internas, independientemente de su regulación aduanera, y por lo tanto se deben pagar en moneda legal colombiana.
Sin perjuicio de lo anterior, los residentes, si así lo acuerdan, deberán utilizar cuentas de compensación para girar y recibir divisas correspondientes al cumplimiento de obligaciones derivadas de operaciones internas cuyo pago no está expresamente autorizado en moneda extranjera en la Resolución Externa 1 de 2018.