Banco de la República activa los depósitos remunerados como instrumento de contracción monetaria

El Banco de la República se permite informar que, de acuerdo con la decisión anunciada previamente por la JDBR, continuará interviniendo activamente en el mercado cambiario de manera discrecional. El Banco ha venido compensando la expansión monetaria resultante de dicha intervención, con el objeto de que las tasas de interés de corto plazo del mercado se mantengan en los niveles que la JDBR juzga coherentes con el logro de las metas de inflación. Con este propósito, el Banco cuenta con varios instrumentos de contracción, entre ellos los depósitos remunerados no constitutivos de encaje de los agentes colocadores de OMAS en el Banco de la República, autorizados el 17 de diciembre de 2004 por la JDBR.

El Comité de Intervención Monetaria y Cambiaria, por delegación de la JDBR, ha venido preparando la instrumentación de dicho mecanismo de contracción y considera oportuno activarlo a partir del lunes 2 de abril de 2007 en las siguientes condiciones:

  • El Banco de la República abrirá subastas de depósitos remunerados no constitutivos de encaje a 7 y 14 días.
  • Los montos de dichas subastas serán definidos de forma tal que las tasas de interés de corto plazo del mercado se mantengan en línea con las tasas de interés de intervención del Banco de la República. Dichos montos serán anunciados en la convocatoria de la subasta.
  • Las subastas tendrán una tasa de interés base equivalente a la tasa de expansión a un día menos 10 puntos básicos, de acuerdo con las directrices de la JDBR del 2 de junio de 2006. Hoy la tasa de interés de expansión del Banco es del 8.25% y la tasa base de las subastas de depósitos remunerados no constitutivos de encaje es del 8.15%.
  • Adicionalmente, se habilitará la captación ilimitada de recursos a 7 días mediante depósitos remunerados no constitutivos de encaje en el Banco de la República a una tasa de interés “Lombarda de contracción” equivalente a la tasa base de la subasta de depósitos remunerados menos 100 puntos básicos. Hoy la tasa “Lombarda de contracción” es del 7.15%.
  • Además de los anteriores mecanismos, el Banco podrá efectuar operaciones de contracción monetaria a través de otros instrumentos, como las ventas definitivas de TES, los depósitos del Gobierno en el Banco y el ajuste de los cupos de REPOS de expansión.

Con estas medidas, el Banco seguirá compensado el impacto monetario de la intervención cambiaria con el fin de no poner en riesgo el logro de la meta de inflación señalada por la JDBR.

Bogotá

07:43