¿Cómo puedo abrir una cuenta de ahorros o corriente en el Banco de la República?
Dentro de las funciones asignadas al Banco de la República en la Constitución Política y en los Estatutos propios de la entidad, no se encuentra la de otorgar cuentas de ahorro a personas naturales o jurídicas. Existen entidades financieras comerciales en el país que sí pueden abrir este tipo de cuentas a personas naturales o jurídicas.
Adicionalmente le informamos que conforme al régimen legal propio al que se encuentra sujeto el Banco de la República, de acuerdo con los artículos 371 a 373 de la Constitución Política, la Ley 31 de 1992 y sus Estatutos -Decreto 2520 de 1993, a este le corresponde cumplir únicamente las funciones que en virtud de tales normas le fueron asignadas, las cuales se limitan a las propias de Banca Central.