¿El Banco de la República vende oro u otros metales preciosos?
De conformidad con lo establecido en los artículos 24 de la Ley 31 de 1992 y 25 de sus Estatutos, el Banco de la República se encuentra autorizado para “realizar operaciones de compra, venta, procesamiento, certificación y exportación de metales preciosos”, operaciones que lleva a cabo en la forma y condiciones que señale la Junta Directiva de la Entidad.
En desarrollo de lo anterior, la Junta Directiva de la Entidad expidió el reglamento para realizar las operaciones de compra y venta de metales preciosos por parte del Banco de la República mediante la Resolución Interna 4 de 1995, la cual ha sido modificada parcialmente por las Resoluciones Internas 1 de 1996, 4 de 2001, 2 de 2003, 4 de 2008 y 1 de 2010.
En concordancia con el marco legal antes señalado, la Entidad cuenta con procedimientos operativos y técnicos aplicables a las operaciones de compra y venta de metales preciosos (oro, plata y platino).
El Banco de la República solo vende metales preciosos para usos industriales (*) , bajo las condiciones establecidas en la Circular Externa Operativa y de Servicios DTE-171, “Venta de oro, plata y platino para usos industriales“; dentro de tales procedimientos se encuentra como requisito para la compra de los metales anteriormente citados, que sean de procedencia nacional y libre, es decir, que no hayan sido sometidos a ningún tipo de modificación o tratamiento físico o químico.
De esta manera, las ventas dependen del material que, a su vez, le sea ofrecido en venta al Banco.
Como consecuencia de lo anterior, las ventas de los metales preciosos al Banco de la República han venido disminuyendo paulatinamente, hasta ser prácticamente nulas en este momento, por lo que a la fecha nuestras existencias de plata y platino se han agotado, razón por la cual no disponemos para la venta.
Los procedimientos para adquirir metales en el Banco de la República se encuentran establecidos en la Circular Externa Operativa y de Servicios DTE-171, Venta de oro, plata y platino para usos industriales.
Es importante precisar que:
- Actualmente la oficina del Banco de la República localizada en la calle 13 35-25 de la ciudad de Bogotá, es la única que eventualmente dispone de oro, en presentación granalla empacado en frascos de 100 gramos.
- Para calcular el precio se debe multiplicar el peso del frasco por el valor de venta del gramo del oro vigente para el día de la compra y al total se le adiciona el valor del IVA (19%).
- La compra es de forma presencial y adjuntando los documentos relacionados en la circular citada anteriormente.
- El pago es solamente en efectivo y el material se entrega de manera inmediata.
Por consiguiente, es preciso mencionar que el Banco de la República no es la entidad que reglamenta la adquisición y venta de metales dentro del territorio nacional. En consecuencia, nuestra recomendación es que se indague ante el Ministerio de Minas y Energía, por ser la entidad que regula este tipo de actividades, y puede informar qué entidades están autorizadas para venderlos a particulares.
* Se define como uso industrial al conjunto de operaciones que se ejecutan para la obtención y transformación de materias primas por parte de establecimientos dedicados a una actividad industrial.