PR-DOAM-030 del 24 de junio de 2021 EXTENSIÓN DEL TIEMPO LÍMITE PARA EL REGISTRO DE LAS OPERACIONES SOBRE DIVISAS

De acuerdo con en el numeral 8, del artículo 8o. del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, se publica para comentarios el proyecto de regulación cambiaria “EXTENSIÓN DEL TIEMPO LÍMITE PARA EL REGISTRO DE LAS OPERACIONES SOBRE DIVISAS” por un término de seis (6) días calendario contados a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

Fecha de publicación: 24 de junio de 2021

Fecha y hora límite: 30 de junio de 2021, 5:00 p.m.

 

Fecha que se indica en la reglamentación