¿Cómo se debe recibir el pago en divisas de una exportación de bienes?.
Los residentes deberán reintegrar a través del mercado cambiario las divisas para el pago y anticipo de sus exportaciones de bienes, incluidas las que reciba en efectivo directamente del comprador del exterior, dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de su recibo.
Para estos efectos, el exportador debe suministrar al Intermediario del Mercado Cambiario (IMC) la información de los datos mínimos de la operación de cambio por exportación de bienes.
Cuando el pago se canalice a través de cuentas de compensación, el Formulario No. 10 hará las veces de la declaración de cambio.
Numeral 4.6 del capítulo 4 la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.