¿Quién puede realizar el pago por exportación de bienes?

Las divisas para el pago pueden provenir del deudor, su cesionario o de centros o personas que adelanten en el exterior la gestión de recaudo y/o pago internacional, se trate de residentes o no residentes.
Numeral 4 del capítulo 4 la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.