Si se cede la posición de acreedor de un crédito externo pasivo a otro no residente, ¿qué procedimiento se debe seguir ante el Banco de la República?

Deberá presentar un Formulario No. 6 con los respectivos documentos de soporte ante un Intermediario del Mercado Cambiario (IMC) con el que se informó inicialmente el crédito, señalando como tipo de operación “Modificación”, y cambiar el acreedor del crédito.
 
Numeral 5.1.6.1 del capítulo Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.