Conservación de documentos
Los residentes que realicen operaciones de cambio están obligados a conservar los documentos que acrediten el monto, características y otras condiciones de la operación, así como el origen o destino de los recursos, según el caso, por un período igual al de caducidad o prescripción de la acción sancionatoria por infracciones al régimen cambiario, para presentarlos a las entidades encargadas del control y vigilancia del cumplimiento del régimen cambiario.