¿Qué obligaciones debe asumir el inversionista no residente en relación con su inversión en Colombia?
¿Qué se considera inversión de capitales del exterior en Colombia?
¿Qué clases de inversión de capital del exterior hay en Colombia?
¿Qué se considera inversión de capital del exterior de portafolio?
¿Qué se considera inversión de capital del exterior directa en Colombia?
¿Cuál es la diferencia entre inversión directa e inversión de portafolio?
De acuerdo con el régimen de inversiones internacionales, el inversionista no residente asume las siguientes obligaciones:
1. Designar un apoderado en Colombia, de acuerdo con los términos previstos en la legislación colombiana.
2. Registrar su inversión inicial, directamente o por conducto de su apoderado, así como las inversiones adicionales y los movimientos (sustituciones y cancelaciones).
3. Conservar la información y documentos que acrediten el monto, características y demás condiciones de la inversión registrada, su sustitución, su cancelación o las modificaciones al registro, la cual deberá mantenerse a disposición de las autoridades encargadas del control y vigilancia, por un período igual al de caducidad de la acción sancionatoria por infracciones al régimen cambiario y de inversiones.
4. Las demás derivadas de normas especiales, tales como tributarias, contables, comerciales, entre otras.
Numeral 7.1.2 del capítulo 7 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.