¿Qué gestión se debe realizar ante el Banco de la República para el trámite de visa como inversionista no residente?
De acuerdo con lo dispuesto en la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83, en coordinación con la Cancillería de Colombia, a partir del 22 de agosto de 2022 para los trámites de visa de inversionista ante esa Entidad, se deberán presentar los extractos de inversión extranjera que el Usuario obtenga del Sistema de Información Cambiaria, dado que el Banco de la República dejó de expedir comunicaciones para entregar los extractos de inversión extranjera.
Para obtener el extracto de inversión, una vez creado su Usuario y estando autenticado en el Sistema de Información Cambiaria, podrá consultar la información y solicitar el envío del extracto al correo electrónico con el que se registró en el Sistema, siguiendo las siguientes instrucciones: ingresar al menú “Inversiones internacionales” y en la opción “Consultas” seleccionar “Extracto”. Una vez allí, diligenciar la información requerida y hacer clic en “Enviar extracto”. Tenga en cuenta que, si va a actuar a través de apoderado, la aprobación del vínculo de representación podrá tomar hasta 15 días hábiles. Consulte aquí el paso a paso para registrar un vínculo de representación.
Adicionalmente, para conocer el paso a paso para crear su Usuario y el Actor, podrá consultar los instructivos de “Administración de Usuarios” y “Creación y actualización de actores en el nuevo Sistema de Información Cambiaria”, respectivamente.
Normas relacionadas: numeral 2.4 del Capítulo 4 y el Anexo 7 de la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83.
Numeral 2.4 del capítulo 4 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.