¿Qué pasa si no se presentó el Formulario No 15 correspondiente a los ejercicios sociales anteriores a 2017 dentro del plazo de un año que establecía la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83?

Para ejercicios sociales anteriores al año 2017, la obligación de transmisión de dicho formulario se mantiene.

Sin perjuicio de la competencia de la entidad de control del régimen de cambios e inversiones internacionales, las empresas receptoras de inversión de capital del exterior podrán presentar el formulario No. 15 por fuera del plazo legal, en cualquier tiempo.

Numeral 7.2.1.6 del capítulo 7 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.