¿Es necesario solicitar alguna autorización previa para constituir inversión de capital del exterior inversión de capital del exterior en Colombia?
No. Salvo lo previsto en regímenes especiales (sector financiero y de seguros, entre otros), la realización de inversión de capital del exterior en Colombia no requiere de autorización previa.
Artículo 2.17.2.2.2.2 del Decreto 1068 de 2015.