¿Qué formulario debo diligenciar para registrar una inversión de capital colombiano (con divisas) en el exterior?

Debe suministrar la Información de Datos Mínimos por Inversiones Internacionales (declaración de cambio) ante el Intermediario del Mercado Cambiario (IMC) o transmitir la información a través del Sistema Estadístico Cambiario (SEC) si es titular de cuenta de compensación.

El registro es automático, por lo que, al canalizar las divisas, la transmisión de la operación constituye el registro y no será necesario realizar trámites adicionales ante el Banco de la República.

Capítulo 7 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.