¿Cómo se liquidan las operaciones en el DCV?
El mecanismo empleado por el DCV para el cumplimiento de las operaciones es el de Liquidación bruta en tiempo real, esto es, operación por operación y de forma continua. Las modalidades de liquidación permitidas en el DCV, según la naturaleza y el origen de la operación, son las siguientes:
a) Entrega contra pago: Modalidad en la cual se asegura que la transferencia de valores en el DCV, de una entidad a otra, ocurra únicamente si existe la disponibilidad del valor o dinero pactado como contraprestación, y éste se transfiere de forma simultánea.
b) Entrega libre de pago: Basta que exista disponibilidad del saldo a transferir en la Cuenta de Valores de la Entidad que ordena la operación.
c) Entrega contra entrega: Operación en la cual se garantiza que la transferencia de valores en el DCV, de una Entidad a otra, ocurra únicamente si existe la disponibilidad de los valores que se entregaran como contraprestación en la operación.