Liquidación y pago del oro vendido al Banco de la República
Retenciones
Tenga en cuenta que el Banco de la República realiza todas las retenciones tributarias exigidas por la ley de la siguiente manera:
GRAVÁMENES | PUNTO DE COMPRA | ||
---|---|---|---|
BOGOTÁ | MEDELLÍN | QUIBDÓ | |
REGALÍA (oro y plata) | 4,0% | 4,0% | 4,0% |
REGALÍA (platino) | 5,0% | 5,0% | 5,0% |
INDUSTRIA Y COMERCIO (Aplica sólo para comerciantes) | 1,104% | 0,2% | 0,6% |
ESTAMPILLA Politécnico Jaime Isaza Cadavid | No aplica | 0,4% | No aplica |
ESTAMPILLA Pro-Institución Universitaria Digital de Antioquia | No aplica | 0,4% | No aplica |
-
La tarifa de retención en la fuente a título de renta que se aplica para oro, plata y platino será del 2.5% para personas jurídicas y del 3.5% para personas naturales.
-
Tenga en cuenta que sí en las ventas de oro que usted realice durante el año 2023, el valor pagado es igual o superior a ciento cuarenta y ocho millones cuatrocientos cuarenta y dos mil pesos M/L ($148.442.000), deberá obligatoriamente cambiar de No responsable de IVA a Responsable de IVA.
La liquidación del oro vendido se realiza sobre la cantidad de oro puro que se encuentre después de análisis del mineral presentado y de acuerdo con el precio de compra que fije el Banco de la República para el día en que se realiza la transacción. El precio de compra puede consultarse aquí.
El pago producto de la compra, se realizará en los 3 días hábiles siguientes contados a partir de la recepción del mineral, mediante transferencia electrónica de fondos, a la cuenta bancaria que se ha registrado previamente.