¿Existe un procedimiento para cancelar el registro de la inversión financiera y en activos en el exterior ?
No. El régimen de cambios internacionales no contempla ningún procedimiento para la cancelación del registro de inversiones financieras y en activos en el exterior. En todo caso, una vez se liquide la inversión en el exterior, el [[inversionista]] [[residente]] deberá reintegrar las divisas por conducto del [[mercado cambiario]], suministrando la información de los datos mínimos por concepto de inversiones internacionales.
Resolución Externa 8 de 2000.