Normalización tributaria
Título | Definición |
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Una vez se registre el activo objeto del impuesto complementario de normalización tributaria ante el Banco de la República, ¿las operaciones posteriores relacionadas con dicho activo quedan cubiertas por la Ley 2010 de 2019? |
El parágrafo del artículo 57 de la Ley 2010 de 2019 hace referencia a la inversión de capital colombiano en el exterior y sus movimientos, por lo que se entiende que quedarán cubiertas por tal amnistía la sustitución o la cancelación de inversión colombiana de ese activo.
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¿Existe plazo para registrar la cancelación de inversión colombiana de activos objeto del impuesto complementario de normalización tributaria? |
No.
Artículo 46 de la Ley 1943/2018.
Numeral 7.5 del Capítulo 7 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.
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¿Existe plazo para registrar la inversión colombiana de los activos objeto del impuesto complementario de normalización tributaria? |
No. La normativa cambiaria establece que se puede solicitar el registro en cualquier momento.
Ley 2010/2019, art. 57
Numeral 7.5 del Capítulo 7 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.
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¿Quién puede solicitar ante el Banco de la República el registro, la sustitución o la cancelación de la inversión colombiana objeto del impuesto complementario de normalización tributaria? |
Los inversionistas o sus apoderados, conforme a lo establecido en el numeral 7.1.2 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 y cumpliendo en todo caso las normas sobre representación legal y apoderamiento.
Ley 1564/12, arts. 74 y 251.
Numeral 7.1 del Capítulo 7... más información
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¿El registro ante el BR de los activos objeto del nuevo impuesto complementario de normalización tributaria vigente (Ley 2010 de 2019) también aplica para los activos normalizados bajo las leyes anteriores que establecieron ese impuesto? |
Sí, siguiendo el procedimiento actual del numeral 7.5 del Capítulo 7 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.
Numeral 7.5 del Capítulo 7 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.
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¿Cómo puedo canalizar el retorno y los rendimientos de la inversión financiera y en activos en el exterior objeto del impuesto complementario de normalización tributaria a través del mercado cambiario? |
Para el retorno de la inversión, se deberá suministrar la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio por inversiones internacionales (declaración de cambio) utilizando los numerales cambiarios 4058 y 4065 para la redención y para el retorno de utilidades utilizando los... más información
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¿Se debe registrar ante el Banco de la República la inversión financiera y en activos en el exterior que fue objeto del impuesto complementario de normalización tributaria? |
A partir del 29 de marzo de 2019 se eliminó la obligación de registrar la inversión financiera y en activos en el exterior mediante la presentación del formulario No. 11.
No obstante, la inversión financiera y en activos en el exterior estará sujeta a informe a través del... más información
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¿Qué tipo de activos objeto del impuesto complementario de normalización tributaria deben registrarse ante el Banco de la República? |
Los activos objeto del impuesto complementario de normalización tributaria que se deben registrar ante el Banco de la República son las acciones, cuotas, derechos u otras participaciones en el capital de sociedades, sucursales o cualquier tipo de empresa, en cualquier proporción, ubicadas... más información
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¿Qué efecto tiene la Ley 2010 de 2019 que regula el impuesto complementario de normalización tributaria en el régimen de inversiones internacionales? |
El régimen de cambios internacionales establece un plazo de seis (6) meses para la presentación de los registros de sustitución y cancelación de las inversiones internacionales; sin embargo, los residentes colombianos con activos en el exterior, que sean objeto del impuesto complementario de... más información
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¿Es obligatorio registrar ante el Banco de la República la inversión colombiana objeto del impuesto complementario de normalización tributaria? |
Es deber de todos los residentes registrar los activos objeto del impuesto complementario de normalización tributaria ante el Banco de la Republica. más información |