Crédito externo

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Título Definición
¿Cuál es el tratamiento cambiario de los créditos externos rotativos?
Las operaciones de crédito externo bajo la modalidad de créditos rotativos no tienen una reglamentación cambiaria especial. Por tanto, se deberá informar un crédito externo con la presentación del Formulario No. 6 “Información de endeudamiento externo otorgado a residentes” o del Formulario... más información
¿Qué debo hacer si por error se realizó suministro de los datos mínimos por operaciones de inversión internacional al momento de la canalización de las divisas, pero en realidad mi operación corresponde a una operación de crédito externo no residentes?
Es responsabilidad de todo residente o no residente que realice una operación de cambio suministrar los datos mínimos requeridos para la operación que corresponda a la realidad de la operación y responder por la veracidad de la información. 
Por tanto, en caso de haber declarado... más información
¿Se debe informar como crédito externo la financiación de una exportación de bienes?
La financiación otorgada al comprador del exterior para el pago de operaciones de exportación de bienes no debe ser informada como crédito externo ante el Banco de la República.
No obstante, si el exportador obtiene un crédito externo para prefinanciar la futura exportación,... más información
Tengo un crédito externo de capital de trabajo informado ante el Banco de la República, el cual están en imposibilidad de pago, ¿cómo se debe “cerrar el canal cambiario” en este caso?
Se debe suministrar ante el Intermediario del Mercado Cambiario (IMC) o a través de la cuenta de compensación la Información de datos mínimos por excepciones a la canalización (declaración de cambio) utilizando la razón 29 de Cancelación del informe del crédito externo de capital de trabajo... más información
Si se cede la posición de acreedor de un crédito externo pasivo a otro no residente, ¿qué procedimiento se debe seguir ante el Banco de la República?
Deberá presentar un Formulario No. 6 con los respectivos documentos de soporte ante un Intermediario del Mercado Cambiario (IMC) con el que se informó inicialmente el crédito, señalando como tipo de operación “Modificación”, y cambiar el acreedor del crédito.
 
¿Puedo cruzar el pago de un crédito externo otorgado a un no residente, con el pago de los dividendos que le corresponden a ese no residente por tener inversión de capital del exterior registrada en la sociedad acreedora?
No, no es posible compensar operaciones de obligatoria canalización. Cada una debe canalizarse independientemente.
 
Artículo 41 de la Resolución Externa 1 de 2018.
 
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¿Cuándo y cómo debo informar al Banco de la República un crédito externo?
Los créditos externos otorgados a residentes e intermediarios del mercado cambiario (IMC) deberán informarse a través de los intermediarios del mercado cambiario (IMC) con la presentación del Formulario No. 6 “Información de endeudamiento externo otorgado a residentes”.
¿Qué es un crédito externo pasivo?
Son créditos externos en los que un residente tiene la condición de deudor y un no residente diferente de persona natural o un Intermediario del Mercado Cambiario la condición de acreedor. En este último caso, el crédito debe estar estipulado, desembolsado y pagado en moneda extranjera.... más información
¿Qué es un crédito externo activo?
Son créditos externos en los que un residente tiene la condición de acreedor y un no residente la condición de deudor.
Capítulo 5 Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.
 
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¿Qué es un crédito externo?
Es la obtención de divisas en calidad de préstamo por un residente o intermediario del mercado cambiario por parte de un no residente. Estos créditos podrán estipularse, desembolsarse y pagarse en moneda legal o extranjera, según lo acuerden las partes. Así mismo, el crédito otorgado por un... más información