Inversión extranjera en Colombia
Título | Definición |
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¿Puede un no residente, diferente a la matriz, realizar aportes en especie a la inversión suplementaria al capital asignado de una sucursal perteneciente al régimen cambiario especial? |
No. De acuerdo con lo establecido en la ley colombiana las sucursales son establecimientos de comercio abiertos por una sociedad, dentro o fuera de su domicilio. En este sentido, se podrán contabilizar como inversión suplementaria al capital asignado de las sucursales del régimen cambiario… más información
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¿Es posible registrar como inversión extranjera la adquisición por parte de un residente de un inmueble en Colombia, si los recursos para la operación fueron adquiridos en el exterior? |
No es posible registrar como inversión extranjera un inmueble en Colombia adquirido por un residente con recursos del exterior. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.17.2.2.1.2. del Decreto 1068 de 2015, entre los destinos permitidos para realizar inversión de capital del exterior… más información
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¿Qué beneficios y derechos se obtienen por el registro de la inversión de capital del exterior en Colombia? |
La inversión de capital del exterior en Colombia debidamente registrada confiere a su titular, entre otros, el derecho a: - Reinvertir utilidades, o retener en el superávit las utilidades no distribuidas con derecho a giro. - Capitalizar las sumas con derecho a giro, que comprendan… más información |
¿Qué obligaciones debe asumir el inversionista no residente en relación con su inversión en Colombia? |
De acuerdo con el régimen de inversiones internacionales, el inversionista no residente asume las siguientes obligaciones: 1. Designar un apoderado en Colombia, de acuerdo con los términos previstos en la legislación colombiana. 2. Registrar su inversión inicial, directamente o por… más información |
¿Qué gestión se debe realizar ante el Banco de la República para el trámite de visa como inversionista no residente? |
De acuerdo con lo dispuesto en la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83, en coordinación con la Cancillería de Colombia, a partir del 22 de agosto de 2022 para los trámites de visa de inversionista ante esa Entidad, se deberán presentar los extractos de inversión extranjera que el Usuario… más información |
¿El ingreso de divisas con destino a una entidad sin ánimo de lucro constituye inversión de capital del exterior? |
Sí, siempre que el destino de las divisas sea el capital de la entidad sin ánimo de lucro como empresa receptora de la inversión de capital del exterior. En este caso, la transferencia de las divisas al país deberá canalizarse por conducto del mercado cambiario, mediante el suministro de… más información |
¿Qué pasa si no registré la inversión de capital del exterior en Colombia siguiendo los procedimientos que señala el régimen de inversiones internacionales? |
Desde el punto de vista del régimen cambiario, el no residente carecerá de derechos como inversionista en Colombia. Sin embargo, es preciso mencionar que las inversiones directas de capital del exterior que se realicen en virtud de un acto, contrato u operación lícita, diferentes a las… más información |
¿Existen montos máximos o mínimos para registrar inversión de capital del exterior en Colombia? |
No hay montos máximos o mínimos para constituir inversión de capital del exterior directa o de portafolio en Colombia. Decreto 1068 de 2015. más información |
¿Los inversionistas de capital del exterior deben designar un apoderado en Colombia? Si es así, ¿qué condiciones debe cumplir el apoderado? |
Sí, los inversionistas de capitales del exterior deberán nombrar un apoderado en Colombia, de acuerdo con los términos previstos en la legislación colombiana. El inversionista podrá nombrar un apoderado diferente para cada una de sus inversiones. Artículo 2.17.2.2.2.3 del Decreto… más información |
¿Cómo se debe hacer el giro de divisas producto de las utilidades, rendimientos o liquidación de la inversión de capital del exterior registrada en Colombia? |
Por tratarse de una operación de obligatoria canalización, el inversionista no residente, el representante legal de la empresa receptora o el apoderado deberá girar al exterior las sumas derivadas de la inversión de capital del exterior en Colombia (utilidades, remanentes de liquidación,… más información |
¿Existe algún plazo para remitir al exterior las sumas derivadas de la inversión de capital del exterior registrada en Colombia? |
No. El no residente titular de inversión de capital del exterior en Colombia debidamente registrada tiene el derecho de remitir en cualquier momento al exterior las sumas derivadas de la enajenación o liquidación de su inversión dentro del país, así como de las utilidades netas comprobadas que… más información |
¿Qué pasa si no se presentó el Formulario No 15 correspondiente a los ejercicios sociales anteriores a 2017 dentro del plazo de un año que establecía la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83? |
Para ejercicios sociales anteriores al año 2017, la obligación de transmisión de dicho formulario se mantiene. Sin perjuicio de la competencia de la entidad de control del régimen de cambios e inversiones internacionales, las empresas receptoras de inversión de capital del exterior podrán… más información |
Es obligatorio presentar el Formulario No. 15 de “Informe de conciliación patrimonial de empresas y sucursales del régimen general” |
Mediante el boletín No. 33 de 2018 del Banco de la República, que modificó la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83, se eliminó la obligación para las empresas receptoras de inversión de capital del exterior de presentar el Formulario No. 15 de “Informe de conciliación patrimonial de empresas y… más información |
¿Cuál es la diferencia entre inversión directa e inversión de portafolio? |
Las diferencias entre la inversión directa y la de portafolio son las siguientes: - El ánimo de permanencia: la inversión de capital del exterior directa es la realizada con “ánimo de permanencia” por parte del inversionista. Por el contrario, la inversión de capital del… más información |
¿Qué se considera inversión de capital del exterior directa en Colombia? |
Es aquella efectuada por un inversionista no residente, en virtud de cualquier acto o negocio jurídico lícito y en cualquiera de los siguientes destinos: - Las participaciones en el capital de una empresa residente en Colombia, en acciones, cuotas sociales, aportes… más información |
¿Qué se considera inversión de capital del exterior de portafolio? |
La adquisición por parte de un inversionista no residente persona natural, jurídica o asimilada, de cualquiera de los siguientes activos, a cualquier título y en virtud de un acto, contrato u operación lícita: i) Valores inscritos en el RNVE, o listados en Sistemas de Cotización de… más información |
¿Qué clases de inversión de capital del exterior hay en Colombia? |
Hay dos categorías de inversión de capital del exterior en Colombia: 1. Inversión de capital del exterior directa 2. Inversión de capital del exterior de portafolio Artículo 2.17.2.2.2.1.2 Decreto 1068 de 2015. más información |
¿Es necesario solicitar alguna autorización previa para constituir inversión de capital del exterior inversión de capital del exterior en Colombia? |
No. Salvo lo previsto en regímenes especiales (sector financiero y de seguros, entre otros), la realización de inversión de capital del exterior en Colombia no requiere de autorización previa. Artículo 2.17.2.2.2.2 del Decreto 1068 de 2015. más información |
¿Qué formulario debo diligenciar para registrar una inversión de capital del exterior en divisas en Colombia? |
Debe suministrar la Información de Datos Mínimos por Inversiones Internacionales (declaración de cambio) ante el Intermediario del Mercado Cambiario (IMC), o, a través del Sistema Estadístico Cambiario (SEC), si es titular de cuenta de compensación. El registro es automático, lo que… más información |
¿Qué se considera inversión de capitales del exterior en Colombia? |
Aquella que se realice sobre los activos que se indican en el artículo 2.17.2.2.1.2 del Decreto 1068 de 2015, siempre que hayan sido adquiridos por un no residente a cualquier título, en virtud de un acto, contrato u operación lícita.
Artículo 2.17.2.2.1.2 del Decreto 1068 de… más información |