Cuentas registradas bajo el mecanismo de compensación

Mostrando términos 1 a 8 de 8 resultados encontrados
Título Definición
¿Cómo realizar modificaciones al F10 transmitido?
En cualquier tiempo, antes de la cancelación del registro de la cuenta de compensación, el titular podrá transmitir un nuevo Formulario No. 10 completamente diligenciado, en el que incluya las modificaciones para el periodo correspondiente. El tipo de operación del formulario deberá marcarse… más información
¿Cómo se actualiza en el Sistema Estadístico Cambiario (SEC) la información de una empresa titular de una cuenta de compensación?
Los titulares de cuentas de compensación pueden actualizar, con la presentación en cada periodo del formulario No. 10 de “Registro, Informe de Movimientos y/o Cancelación Cuenta de Compensación” los datos contenidos en la sección: “V. IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL, APODERADO O… más información
¿Se debe registrar una cuenta del mercado libre en el Banco de la República?
No. Los residentes que disponen de cuentas en el exterior para el pago o reintegro de divisas derivadas de operaciones de cambio que no están sujetas a la obligatoria canalización a través del mercado cambiario, no deben registrar estas cuentas pueden tener cuentas bancarias en el exterior… más información
¿Cuándo se debe registrar en el Banco de la República una cuenta en divisas bajo el mecanismo de compensación?
Cuando la cuenta en divisas se utilice para efectuar operaciones de cambio obligatoriamente canalizables, o para girar y recibir por conducto de estas cuentas divisas correspondientes al cumplimiento de obligaciones derivadas de operaciones internas.
Numeral 8.2.1 del capítulo 8… más información
¿Cuál es el plazo para registrar una cuenta en divisas bajo el mecanismo de compensación ante el Banco de la República?
A más tardar dentro del mes calendario siguiente, contado desde el día de la realización de la primera operación obligatoriamente canalizable a través de la cuenta o del cumplimiento de la primera operación interna.
 
Numeral 8.2.1 del capítulo 8 Circular… más información
¿Qué información deben transmitir al Banco de la República los titulares de cuentas de compensación?
Los titulares de cuentas de compensación deben transmitir al Banco de la República en forma mensual el Formulario No. 10 de informe de movimientos, con la información de todas las operaciones de cambio y de las operaciones internas que se canalicen a través de la cuenta de compensación.… más información
¿Puedo pagar en divisas obligaciones derivadas de operaciones internas entre residentes?
La regla general es que los residentes colombianos paguen sus operaciones en pesos colombianos. Sin embargo, se autoriza el pago en divisas de operaciones internas, para lo cual cada uno de los residentes intervinientes en la operación debe ser titular de una cuenta registrada bajo el… más información
¿Los consorcios, las uniones temporales o las sociedades de hecho pueden ser titulares de cuentas de compensación?
No, porque no son residentes. Sin embargo, pueden realizar operaciones de cambio por conducto de sus integrantes. 
En estos casos, la cuenta del exterior deberá registrarse bajo el mecanismo de compensación con el número de identificación y nombre de uno de los partícipes… más información