C21-107866 Concepto de la Secretaría de la Junta Directiva

Fecha
"(...)
 
De conformidad con la comunicación (...) mediante la cual consulta aspectos relacionados con la tecnología blockchain, nos permitimos manifestar que:
 
1. De acuerdo con el Banco Mundial, blockchain (cadena de bloques, en español) es “un tipo particular de estructura de datos utilizada en algunos libros de registros distribuidos que almacena y transmite datos en paquetes llamados "bloques" que están conectados entre sí en una "cadena" digital. Las cadenas de bloques emplean métodos criptográficos y algorítmicos para registrar y sincronizar datos a través de una red de manera inmutable”1. Esta tecnología hace parte de los sistemas de registros distribuidos los cuales “operan en un entorno de confrontación y son mantenidos y actualizados colectivamente por múltiples entidades. Cada participante debe poder verificar de forma independiente la validez e integridad de las transacciones y, en última instancia, el estado del sistema. Finalmente, cualquier intento de alterar el historial de transacciones debe ser trivial de detectar y difícil de realizar2.
 
2. En virtud del artículo 371 de la Constitución Política y el artículo 1 de la Ley 31 de 1992, el Banco de la República (BR) es una persona jurídica de derecho público de rango constitucional, con autonomía administrativa, patrimonial y técnica, sujeto a un régimen legal propio. En ejercicio de la autonomía técnica, la Corte Constitucional ha reconocido que el BR puede señalar “el conjunto de métodos, procedimientos y mecanismos (…) [para] el cumplimiento de sus funciones básicas, (…) [y tiene] la libertad y capacidad en dichos campos, sin la injerencia de otras autoridades”3.
 
En este sentido, el BR tiene plena capacidad para acoger las diferentes soluciones tecnológicas (entre ellas, la tecnología blockchain) que estime convenientes para el cumplimiento de sus funciones. Particularmente, desde el 2017 varios equipos del BR han estado explorando la tecnología blockchain en pruebas de conceptos y pilotos4.
 
(...)"
________________________________
1 Banco Mundial (2017). Distributed Ledger Technology (DLT) and Blockchain. FinTech Note No. 1. Disponible en: https://documents1.worldbank.org/curated/en/177911513714062215/pdf/1221… [Consultado el 12 de agosto de 2021].
2 Universidad de Cambridge, Centro de Finanzas Alternativas (2018). Distributed Ledger Technology Systems. A Conceptual Framework. Disponible en: https://www.jbs.cam.ac.uk/wp-content/uploads/2020/08/2018-10-26-concept… [Consultado el 12 de agosto de 2021].
3 Corte Constitucional. Sentencia C-341/96. M.P: Antonio Barrera Carbonell.
4 Por ejemplo, se resalta el proyecto en el que participa el BR sobre la emisión de un bono en la tecnología blockchain: https://www.banrep.gov.co/es/el-banco-republica-participa-lanzamiento-p…

Source URL: https://banrepdrupal9.demodayscript.com/banco/junta-directiva/conceptos/c21-107866